DIETAS Y REMUNERACIONES
SEÑORES MINISTROS – Artículo 3° Ley N°18.593
Los miembros titulares y suplentes de los Tribunales Electorales Regionales percibirán una remuneración equivalente a una unidad tributaria mensual por cada audiencia a que concurran, con un máximo por cada mes calendario de quince unidades tributarias mensuales, o de treinta unidades tributarias mensuales sólo cuando se trate del escrutinio general y la calificación de las elecciones municipales.
PERSONAL – Artículo 6° Ley N°18.593
Las remuneraciones del Secretario Relator, Oficial Primero y Oficial de Sala son equivalentes, respectivamente, a las de los grados 4o, profesional; 13o, no profesional, y 21o, no profesional, de la Escala Única de Sueldos de la Administración Pública.
2020
2019
2018
2017
2016
2020
2019
- Remuneración Enero 2019
- Remuneración Febrero 2019
- Remuneración Marzo 2019
- Remuneración Abril 2019
- Remuneración Mayo 2019
- Remuneración Junio 2019
- Remuneración Julio 2019
- Remuneración Agosto 2019
- Remuneración Septiembre 2019
- Remuneración Octubre 2019
- Remuneración Noviembre 2019
- Remuneración Diciembre 2019
2018
2017
- Remuneración Enero 2017
- Remuneración Febrero 2017
- Remuneración Marzo 2017
- Remuneración Abril 2017
- Remuneración Mayo 2017
- Remuneración Junio 2017
- Remuneración Julio 2017
- Remuneración Agosto 2017
- Remuneración Septiembre 2017
- Remuneración Octubre 2017
- Remuneración Noivembre 2017
- Remuneración Diciembre 2017
2016